ACTA Nº 41 PORTADA: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA. CONSEJO SUPERIOR. ACTAS Hoja/Página 224. Notas marginales. Acta Nº 41. Presentes: “Dr. A. Alvarez Dr. R. Rivarola, Sr. Samuel A. Lafone Quevedo, Dr. B. Sal, Dr. E. Herrero Ducloux, F. Parro de Somenzi, Ing. E. Ricaldoni,. Ausente con aviso: Dr. J.V. González, Dr. González Litardo. Ausentes sin aviso: Dr. C. Griffin, Dr. C .Spegazzini”. El texto comienza así: “Año mil novecientos ocho. Sexta sesión ordinaria. En la ciudad de La Plata, á diez y siete días del més de Agosto del año mil novecientos ocho, reunido el Honorable Consejo Superior en sesión ordinaria con asistencia de los Señores miembros al margen inscriptos, bajo la Vice Presidencia del Dr. Agustín Alvarez, éste declaró abierta la sesión á las dos post meridiano, dándose lectura por el Secretario General y del Consejo Superior al acta de la sesión anterior, que fue aprobada. Orden del día. I. Despacho de la Comisión Didáctica y de Disciplina. en el expediente del Señor profesor del Colegio de la Universidad, Doctor Adolfo Marcenaro. Habiendo resuelto el H. Consejo en la sesión del tres del corriente, considerar este asunto con asistencia del Señor Rector y encontrándose éste imposibilitado para concurrir á la presente sesión por hallarse enfermo, se resuelve postergar la consideración del despacho hasta la próxima sesión ordinaria. II. Despacho de la misma Comisión en el expediente e l Don Nevio T. Graci, pidiendo reconsideración de la resolución de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, suspendiéndolo por dos años. El dictamen aconseja la conmutación de la pena impuesta al estudiante Graci, por la”. Hoja/Página 225. El texto continua así: “de suspensión que ha sufrido éste hasta la fecha. El miembro informante de la Comisión, Señor consejero doctor Rivarola, dá las razones del despacho; diciendo que la Comisión había escuchado al alumno Graci y llamado al alumno Ilarramonho, y que de las explicaciones –de ambos resultaba que la agresión del primero al segundo, ocurrida en el local de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, quedaba confirmada, pero que no había tenido por objeto privar á Ilharramonho de presentarse á clase ni realizar la huelga, á la que este último también adhirió, sino que fue motivada por resentimientos personales persistentes entre ellos; que este hecho constituía, en verdad, una infracción acreedora á una pena disciplinaria, pero que ésta debía ser diversa á la impuesta alumna Graci por la Facultad; y que, en consecuencia, correspondía reducir dicha pena á la de suspensión ya sufrida, pues si bien la disciplina y la educación moral de los alumnos reclaman se observe el respeto recíproco entre ellos, la falta cometida en ésta es considerada por el art. 26 del Reglamento de la Facultad, que debe aplicarse al alumno Graci, y no por el art. 27, que la Facultad le aplicación. Se aprobó el dictamen de la Comisión, debiéndose hacer constar en el acta y en las notas respectivas los fundamentos de la resolución. III. Despacho de la Comisión de Hacienda en el expediente sobre licitación para amueblar las salas de la Pre”. Hoja/Página 226. El texto continua así: “sidencia y del Consejo Superior y las oficinas de la Secretaria General. Se aprobó el despacho, que dice así: “Vuestra Comisión de Hacienda ha estudiado el presente expediente y considerando: 1º que la casa Pistoni y Cía. No se presenta a la licitación sino por una parte de los muebles. 2º.Que la casa inglesa Octzmann y Cía. No ofrece los muebles en plaza y no presenta además datos suficientes para poder juzgar de las condiciones y calidad de sus artículos. 3º. Que la casa Thompson y Cía. Si bien no es la más barata, ofrece todos los muebles en plaza y presenta planos y modelos suficientes para juzgar de la calidad de sus artículos. Estas condiciones bastarían para rechazar las tres propuestas presentadas; pero en vista de la urgencia del caso y de la inutilidad manifiesta de una nueva licitación, la Comisión os aconseja que se autorice al Presidente para adquirir los muebles en la casa Thompson y Cía., con la condición de que aquellos sean de la calidad de los propuestos y de que obtenga una mejora en los precios. La Plata, Agosto 17 de 1.908 (Firmado) Benjamín Sal, E. Herrero Ducloux”. A aprobarse este despacho, hízose la aclaración de que la Presidencia queda autorizada á invertir en la adquisición de los muebles una cantidad que esté dentro de la fijada por el H. Consejo en la sesión del tres de Julio ppdo. IV. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Nota del Señor Decano comunicando que el Consejo Académico ha nombrado profesor suplente de Metodología y Práctica en la Sección Pedagógica al Señor Celso Latorre. Se toma nota. V. Universi-“. Hoja/Página 227. El texto continua así: “dad de Pennsylvania. Nota dirigida al Señor Presidente dando cuenta de su plan de cooperación universitaria. Se toma nota. Terminada la consideración de la orden del día, el Señor consejero ingeniero Ricaldoni pide que se dé lectura á una nota de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas pidiendo la creación de varias cátedras. Leída la nota, el mismo Señor Consejero propone que se autorice á la Presidencia para invertir los fondos necesarios en la creación de la cátedras indicas en dicha nota. El Señor Consejero Dr. Rivarola se opone á esa moción considerando que no proceden delegaciones de esta clase, por una parte, y por la otra, que no corresponde la creación de nuevas cátedras en la Facultad dada la situación especial en que ésta se encuentra y hasta tanto que no sea solucionada de acuerdo con la ley. Habiendo retirado su misión el Señor consejero ingeniero Ricaldoni, se resuelve, por indicación de los señores consejeros Dres. Rivarola y Herrero Ducloux, celebran una sesión extraordinaria para tratar exclusivamente del asunto de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, debiendo repartirse todos los antecedentes á los Señores Consejeros. Se da cuenta de una nota de la Dirección del Museo, comunicando que el pozo que corresponde á los desagües cloacales se halla en condiciones imposibles por diferencias de nivel y pidiendo una resolución al respecto. Se resuelve autorizar á la Presidencia para invertir los fondos necesarios para construir las obras indispensables para remediar los defectos señalados por la Dirección del Museo. Habiendo consultado el Señor Consejero Lafone Quevedo el procedimiento á seguir en el Museo con una”. Hoja/Página 228. El texto continua así: “orden de embargo contra el empleado del mismo Don Alberto Doyére, librada directamente, el H. Consejo resuelve indicarle que entiende que el embargo debe mantenerse por la Dirección del Museo hasta que el Juez correspondiente ordene su levantamiento que corresponde á la Presidencia de la Universidad hacer las salvedades del caso sobre el procedimiento seguido, si lo crée conveniente. No habiendo otros asuntos de que tratar se levanta la sesión á las 3.30 p.m. Siguen dos firmas.